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JUAREZ.-Después de dos sexenios de peticiones, Ciudad Juárez será considerada una zona libre, tras la firma de un decreto por parte del Gobierno federal que en el caso de Chihua-hua incluirá a los municipios de Janos, Ascensión, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides.

Firmado en Nuevo León, con la presencia de Andrés Manuel López Obrador y del gobernador de la entidad, Jaime Rodríguez ‘El Bronco’, el decreto detalla que además de los municipios chihuahuenses mencionados, se beneficiarán todos los que colindan con Estados Unidos.

Busca zona libre atraer inversión y detonar consumo

Fuera de Chihuahua se beneficiarán Ensenada, Playas de Rosarito, Tijuana, Tecate y Mexicali del estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta del estado de Sonora; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo del estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac del estado de Nuevo León, y Nuevo Laredo; Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros del estado de Tamaulipas.

Aplicarán restricciones para ISR

En el caso del Impuesto sobre la Renta (ISR), la reducción se aplicará solamente a las personas físicas y morales con actividad empresarial que acumulen por lo menos el 90 por ciento de sus ingresos por operaciones realizadas en la frontera y que comprueben una antigüedad de al menos 18 meses en la región.

El decreto especifica que los empresarios deben inscribirse a más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal correspondiente en el “Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”, gestionado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Una vez solicitada la inscripción al padrón, el SAT tiene un mes de plazo para emitir la resolución a la solicitud de autorización para el registro, para lo que deberá acreditarse “la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de sus operaciones y actividades empresariales en dicha región”.

Además, los empresarios deberán contar con una firma electrónica avanzada, tener acceso al buzón tributario del SAT y participar semestralmente en el programa de verificación en tiempo real que para efectos del descuento pondrá en marcha el SAT.

Los estímulos fiscales se otorgarán tanto a residentes en México como en el extranjero “con establecimiento permanente en México” que cuenten con actividad comercial en las regiones mencionadas.

El “crédito fiscal” que se aplicará a los contribuyentes fronterizos se calculará a partir de los ingresos totales obtenidos por la actividad comercial, sin incluir los ingresos derivados de bienes intangibles y de comercio digital y siempre que no se goce de otro beneficio o estímulo fiscal.

Quienes cuenten con un domicilio fiscal fuera de la región fronteriza, “pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de la misma”, también podrán acceder a los estímulos únicamente para los ingresos producidos en el establecimiento citado, tras probar que la actividad se desarrolla con 18 ó más meses de antigüedad.

“Los contribuyentes que no hayan aplicado el crédito fiscal a que se refiere el artículo Segundo del presente Decreto, pudiendo haberlo hecho, perderán el derecho a aplicarlo en el ejercicio que corresponda y hasta por el monto en que pudieron haberlo efectuado. Lo dispuesto en el presente párrafo aplicará aun y cuando el referido contribuyente se encuentre en suspensión de actividades.

La aplicación de los beneficios establecidos en el artículo Segundo del presente Decreto no dará lugar a devolución o compensación alguna diferente a la que se tendría en caso de no aplicar dichos beneficios”, advierte el texto.

Las instituciones que quedan excluidas

Quedarán excluidos del beneficio, se informa, las instituciones de crédito, de seguros y de fianzas, de los almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras y uniones de crédito, quienes tributen en el régimen opcional de grupos de sociedades, los contribuyentes que tributen en el Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, quienes tengan ingresos que provengan de la prestación de un servicio profesional y quienes realicen actividades a través de fideicomisos.

Además, están excluidas las sociedades cooperativas de producción, las personas físicas y morales, por los ingresos que deriven de bienes intangibles, quienes suministren personal mediante subcontratación laboral, los contribuyentes que se encuentren en ejercicio de liquidación al momento de solicitar la autorización para aplicar el beneficio fiscal y las empresas productivas del Estado y sus respectivas empresas productivas subsidiarias.

Descuento al IVA será directo

Para el descuento del 50 por ciento en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), serán beneficiarios “los contribuyentes, personas físicas y personas morales, que realicen los actos o actividades de enajenación de bienes, de prestación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, en los locales o establecimientos ubicados dentro de la región fronteriza norte”.

Por “simplificación administrativa”, el descuento se hará de forma directa, indica el decreto. En los considerandos del mismo se establece que el en caso del IVA, la reducción del 50 por ciento no se aplicará en ningún caso para las operaciones de importación de bienes o servicios.

El documento especifica que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2019, con vigencia para los ejercicios fiscales 2019 y 2020.

Graciela Márquez Colín, secretaria de Economía, explicó que el programa busca atraer la inversión y aprovechar las ventajas comparativas de la frontera, derivadas de la mano de obra calificada y de ser un punto de recepción de migrantes.

“¿Cuál es la lógica de estos estímulos fiscales y de un aumento del salario mínimo? Es atraer inversión y generar empleos, más empleos bien remunerados”, explicó la funcionaria durante el evento.

Estiman vigencia de al menos 2 años

El decreto presidencial, firmado ayer por Andrés Manuel López Obrador, establece que la zona libre estará vigente cuando menos durante 2019 y 2020. 

El paquete de beneficios fiscales incluye también un aumento en el estímulo fiscal aplicable a los precios de los combustibles en los municipios fronterizos.

La medida, explica el documento, busca impulsar el desarrollo económico de la región, aumentar la competitividad frente a otras zonas económicas del mundo y disminuir la violencia en las regiones que colindan con Estados Unidos.

A través de la recuperación económica de la frontera, se busca también disminuir la violencia en la región, de acuerdo con los considerandos del decreto.

“En los últimos años, los municipios más cercanos a Estados Unidos de América, en especial aquellos con puentes fronterizos, han presentado altos y crecientes índices de homicidios. Mientras que en 2015, en los municipios de la frontera norte la tasa promedio de homicidios era de 26.2 por cada 100 mil habitantes, en el resto del país la cifra era de 17.8 y para 2017, estas cifras fueron 50.4 por cada 100 mil habitantes para frontera y 26.3 para el resto del país”, detalla el decreto.

La actividad económica en la frontera norte de México, se indica, ha sido afectada también por el ingreso de China como un competidor en la industria maquiladora.

El decreto reconoce además que la vecindad con Estados Unidos afecta a los habitantes de la frontera de lado mexicano.

“Se producen efectos diferenciales entre los contribuyentes que viven en esa región de los del resto del país, condición que afecta el bienestar general y encarece la vida de los que habitan en esa región, desacelerando la actividad comercial y de servicios, así como el desaliento a los visitantes extranjeros… la frontera del norte de México mantiene una dinámica económica distinta al resto del país, y que derivado de su ubicación geográfica existe competencia directa con estados del sur de los Estados Unidos de América, lo que ha ocasionado una dependencia del dólar como moneda utilizada en esa región como valor de intercambio”, indica el texto.

A la par, en el Diario Oficial de la Federación se publicó ayer el decreto que marca los estímulos fiscales para la adquisición de combustibles en la franja fronteriza.

A las medidas se suma el aumento al doble del salario mínimo, como parte de las políticas implementadas para fortalecer el desarrollo económico de la frontera norte de México. (Itzel Ramírez / El Diario)

Beneficios

• Impulsar el desarrollo económico de la   región

• Aumentar la competitividad frente a otras zonas económicas del mundo

• Disminuir la violencia en las regiones que colindan con Estados Unidos 

• Los beneficios entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2019, con vigencia para los ejercicios fiscales 2019 y 2020

Impuesto sobre la Renta (ISR)

• Reducción se aplicará a las personas físicas y morales con actividad empresarial queacumulen por lo menos el 90 por ciento de sus ingresos por operaciones realizadas en la frontera y que comprueben una antigüedad de al menos 18 meses en la región

• Los empresarios deben inscribirse en el ‘Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte’, gestionado por el SAT

• El SAT tiene un mes de plazo para emitir la resolución a la solicitud de autorización para el registro, para lo que deberá acreditarse ‘la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de sus operaciones y actividades empresariales en dicha región’

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

• Serán beneficiarios ‘los contribuyentes, personas físicas y personas morales, que realicen los actos o actividades de enajenación de bienes, de prestación de   servicios  independientes u otorgamiento   del uso o goce temporal de bienes, en los  locales o establecimientos ubicados dentro  de la región fronteriza norte’

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