CUÁNTO TE DEBEN PAGAR SI TRABAJAS EL LUNES DE «PUENTE»?

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El lunes 18 de noviembre del 2019 será día de descanso obligatorio, y según la Ley Federal del Trabajo, quien tenga que laborar dicho recibirá pago extra.

Según el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo en México, si trabajas en un día de “descanso obligatorio” te tocará un pago triple por el día trabajado.

Para designar a alguien a trabajar en día de descanso: “los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal”, indica dicho artículo.

 

Y luego dicta:

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo en México establece que son días de descanso obligatorio:

 

-El 1 de enero.

-El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero – Día de la Constitución Política.

-El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo – Día del nacimiento de Benito Juárez.

-El 1 de mayo – Día del trabajo.

-El 16 de septiembre – Día de la Independencia.

-El tercer lunes de noviembre (este 2019 será el 18 de noviembre), en conmemoración del 20 de noviembre – – – —Día del Inicio de la Guerra de Revolución Mexicana.

-El 25 de diciembre – Navidad.

Y el día que determinen las leyes federales y locales electorales para elecciones.