El Departamento de Estado de los Estados Unidos, a través de la Oficina de Contraterrorismo, realiza la llamada “Lista de Organizaciones Terroristas Extranjeras”, conocida como la lista ‘FTO’ por sus siglas en inglés, en la que determina qué grupos de fuera de Estados Unidos representan un riesgo de seguridad nacional, o incluso, riesgos a la economía o la diplomacia.
Cuando designan a una agrupación como una Organización Terrorista Extranjera (FTO), el Departamento de Estado monitorea constantemente las actividades de dichos grupos.
Con este seguimiento analizan los ataques ocurridos por parte de una organización terrorista, los objetivos, así como posibles actos terroristas.
Para hacer una designación de una FTO, deben consultarlo entre el Secretario de Estado, el Fiscal General (Departamento de Justicia) y el Secretario del Tesoro. Luego presentan la notificación al Congreso de los Estados Unidos sobre la intención de designar a una agrupación como una FTO.
El Congreso tiene entonces siete días para revisar el nombramiento. Cuando expira el periodo, y si el Congreso no hizo la declaración de aprobación o rechazo, publica el Gobierno el aviso de designación en el Registro Federal y a partir de ahí entra en vigor.
Si una organización catalogada como FTO está en contra de la designación, pueden impugnar a más tardar en 30 días tras la publicación en el Registro Federal.
Qué características debe reunir una organización para ser declarada “Organización Terrorista Extranjera”?
Debe ser una organización extranjera.
La entidad debe participar en actividades terroristas o terrorismo (como se define en la Ley de Inmigración y Nacionalidad de EE.UU.) o tener la capacidad y la intención de participar en actividades terroristas o en terrorismo.
La actividad terrorista o terrorismo de la organización debe representar una amenaza a la seguridad de los ciudadanos estadounidenses o la seguridad nacional de los Estados Unidos.
¿Qué pasa si una organización es declarada como FTO?
Se vuelve ilegal para una persona en Estados Unidos (o que esté sujeta a la jurisdicción del país norteamericano) brindar conscientemente apoyo o recursos materiales a una FTO.
Los extranjeros que sean miembros o representantes de una FTO no pueden entrar a los Estados Unidos y en algunos casos pueden ser deportados si están dentro del país.
Cualquier institución financiera de Estados Unidos que se dé cuenta de que posee o controla fondos en los que una FTO designada o su agente tiene un interés, debe conservar la posesión o control del monto e informar de ello a la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro.
Adicionalmente, advierten analistas políticos que Estados Unidos utiliza como excusa la presencia de una FTO en un país para intervenir militarmente, aunque para este paso se requieren más requerimientos legales que simplemente declarar a una organización como “terroristas”.
El Gobierno de México anunció anteriormente que no admitirá intervención extranjera en el país, conforme a los principios constitucionales de la Soberanía de México.
Algunas organizaciones declaradas como terroristas son: Al Qaeda, ISIS en sus distintas versiones alrededor del mundo, la Guardia Revolucionaria Islámica (similar a la Guardia Nacional) de Irán, Boko Haram, el Ejército de Continuidad de la República Irlandesa (CIRA), Partido Comunista de Filipinas, entre otros a lo largo de los años.
Este martes el presidente Donald Trump anunció que pretende designar a los cárteles mexicanos como organización terrorista, después de la masacre de la familia LeBarón en La Mora (Sonora) junto a la frontera de Chihuahua, donde miembros del narco asesinaron a tres mujeres y seis de sus hijos