El Acuerdo 102/2020 de reapertura y continuidad de las actividades en el estado por la pandemia del covid-19 establece que arrestarán a quien se niegue a cumplir medidas sanitarias.
Conforme al nuevo acuerdo que publicó Gobierno del Estado de Chihuahua sobre la reapertura y continuidad de las actividades sociales, educativas y económicas conforme a la pandemia que causó el coronavirus (covid-19) establecieron que:
“El incumplimiento de las disposiciones del presente Acuerdo será sancionado administrativamente por las autoridades sanitarias del Estado, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos”.
En el caso de sanciones administrativas consistirán en amonestación con apercibimiento, multa, clausura temporal o definitiva, revocación de licencia o autorización o bien arresto por 36 horas.
¿En qué casos se procederá al arresto por 36 horas?
El arresto a las personas por 36 horas, procederá cuando:
La persona que interfiera o se oponga al ejercicio de las funciones de la autoridad sanitaria.
La persona que en rebeldía se niegue a cumplir los requerimientos y disposiciones de la autoridad sanitaria, provocando con ello un peligro a la salud de las personas.
Gobierno del Estado de Chihuahua en su decreto alerta que las autoridades podrán hacer uso de las medidas legales necesarias como lo son el uso de fuerza pública para lograr la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad.