Detienen a la primera persona por llamada de broma al 911
El infractor movilizó a las fuerzas de seguridad en Oaxaca; deberá cumplir una pena de 6 a 2 años de prisión
Por realizar una llamada de broma al número de emergencia 911, movilizando a las fuerzas estatales de seguridad, un presunto infractor deberá de cumplir una pena de seis meses a dos años de prisión y exhibir una multa de diez a 100 días de salario mínimo, informó la Secretaría de Seguridad Pública (SSPO).
En caso de reincidencia se impondrá de dos a cuatro años de prisión y la exhibición de una multa de 500 a mil días de salario mínimo, estimado en 73 mil pesos.
El ahora detenido llamó al 911 para alertar de personas armadas dentro de una camioneta
El subsecretario de Información y Desarrollo Institucional de la corporación, Jorge Alberto Guillén Alcalá apuntó que el arresto fue posible por la geolocalización de la llamada, pues facilitó identificar la ubicación del presunto responsable que distrajo a las corporaciones policiacas.
Seguridad Pública detalló que el arresto de un hombre de 42 años de edad, ocurrió al cumplirse una semana de estar en operación el 911, como único número de emergencias, en Oaxaca y en otros 16 estados del país.
Al infractor se le comprobó que marcó a la cabina de emergencia para denunciar que en la Carretera Federal 190, en el tramo de Hacienda Blanca, a un costado de un expendio de cervezas, “se encontraba una camioneta con personas armadas en cuyo interior había cuerpos sin vida”.
Tras el reporte, de manera inmediata, las corporaciones se movilizaron al lugar, sin embargo, la denuncia fue falsa, por lo cual se verificó el número telefónico de dónde provino la broma, asimismo “se contabilizaron 12 marcaciones falsas, procedentes del mismo número, en el último año”.
El arresto fue después de una de sus llamadas al 911, para quedar a disposición de la autoridad ministerial correspondiente, quien determinará la sanción.
12 llamadas falsas se tienen registradas del número de la persona detenida
De acuerdo con el artículo 231 bis, del Código Penal estatal, a quien o quienes, por cualquier medio reporte hechos falsos a los elementos de las policías estatal o municipales, bomberos, personal de instituciones públicas o privadas que presten servicios de emergencia o protección civil; se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de diez a cien días.
Si la conducta del infractor provoca un accidente o daños se impondrá de tres a cinco años de prisión y multa de quinientos a mil días.
El servicio de emergencia 911 labora en cuatro turnos los 365 días del año, todo ello con el equipo necesario para la atención y vinculación de su llamada a la corporación de seguridad pública indicada.