EXHORTAN A CAPACITAR A POLICÍAS MUNICIPALES EN DERECHOS HUMANOS PARA APLICACIÓN DE LEY DE USO DE CUBREBOCAS

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Diputados exhortaron al gobernador y a los 67 Ayuntamientos del Estado de Chihuahua, para que otorguen a los cuerpos policiacos capacitaciones en materia de derechos humanos, así como de la aplicación de la Ley de Uso de Cubrebocas del Estado de Chihuahua.

Este Punto de Acuerdo de urgente resolución, fue presentada por la diputada Deyanira Ozaeta Díaz del PT, quien determinó que estas acciones cuentan con la finalidad de que no se cometan abusos o arbitrariedades en contra de la población de nuestro estado.

En su exposición de motivos, expresó que los altos índices de inseguridad y de violencia que actualmente se registran en diversas zonas y municipios del Estado, sumado los actos de abuso de la fuerza pública y las constantes violaciones a los derechos humanos, provocan indudablemente la necesidad de buscar políticas que permeen y logren una función policial con perspectiva, basada en los derechos humanos.

“En cualquier Estado de derecho, la función policial tiene un amplio campo de acción en el tema de la seguridad, las estrategias y vías que cada gobierno implemente respecto a quiénes son los encargados de hacer cumplir la ley, tiene una repercusión directa, ya sea positiva o negativa, en la seguridad de la ciudadanía y de la apreciación que ésta tenga de su eficacia en la prevención del delito”, afirmó la legisladora.

Mencionó que la seguridad ciudadana, supone una situación social en donde todas las personas, como miembros de la sociedad, gozan libremente de sus derechos y libertades fundamentales. Por otra parte, este tipo de seguridad implica la capacidad del Estado para garantizar el pleno ejercicio de estos derechos y para responder ante las afectaciones que se causen a los mismos.

Además de esto, recordó que la reforma constitucional de 2011 obliga a las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la legislación mexicana y los tratados internacionales suscritos por nuestro país. El Estado debe favorecer a las personas la protección más amplia, con particular énfasis en el principio pro-persona, a respetando los Derechos Fundamentales y garantías individuales.

“El marco legal aplicable, señala que el uso de la fuerza pública debe tasarse, constituirse y justificarse bajos los principios de proporcionalidad y racionalidad, sujetándose a los principios de absoluta necesidad, legalidad, prevención y rendición de cuentas. Es decir, el uso de la fuerza debe ser siempre una medida extraordinaria y como última alternativa, nunca como la primera; está por iniciar la vigencia de la Ley de Uso del Cubrebocas y demás medidas para prevenir la transmisión de la enfermedad COVID-19, misma que busca salvaguardar la salud pública”, afirmó.

Por ello, es indispensable que se brinde y refuerce una adecuada capacitación a los elementos de seguridad pública tanto Estatal como Municipal, en cuanto al alcance de esta ley y de las facultades con las que cuentan, y en general sobre el respeto a los Derechos Humanos que son inherentes a los Ciudadanos.

“No podemos restarle importancia a este tema, ya que es algo a los que los agentes se ven enfrentados día a día, por lo que esta capacitación debe orientarlos en cuanto a los protocolos que deben seguir y hasta dónde es necesario el uso de la fuerza”, finalizó.