IMPONE PLENO DEL ICHITAIP AMONESTACIÓN PÚBLICA A TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

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ICHITAIP.- Al celebrar este día una Sesión Ordinaria por vía electrónica, el Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) aprobó por unanimidad de votos, el proyecto de resolución del Recurso de Revisión ICHITAIP/RR-67/2020 presentado por un particular en contra del Sujeto Obligado Secretaría General de Gobierno, por el cual se da por no cumplida la resolución emitida por este órgano garante el pasado once de marzo del presente año e impone una amonestación pública al titular de la Unidad de Transparencia a fin de garantizar el cumplimiento de la resolución.

 

El proyecto presentado por la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo a los integrantes del Pleno, señala que ante el recurso de revisión presentado por un particular, se decidió revocar la respuesta otorgada por el Sujeto Obligado y se le instruyó a realizar una búsqueda exhaustiva y razonada de la información requerida consistente en el egreso total por cualquier concepto de gastos y erogaciones directas o indirectas devengadas por la Dirección del Registro de la Propiedad y el Notariado del Estado de Chihuahua, durante cada uno de los meses de enero a diciembre del año 2019, sin embargo, la institución responsable remitió datos referentes al gasto corriente anual y nómina del ejercicio fiscal 2019.

 

De la respuesta entregada por el Sujeto Obligado a la solicitud de información, se pudo observar que no fue desglosada de manera mensual como se le solicitó por la parte recurrente y se limitó a proporcional un monto total anual, por lo que el Pleno determinó tener como no cumplida la resolución.

 

La respuesta, añade el análisis del caso, únicamente se refirió al gasto corriente anual y nómina del ejercicio fiscal 2019, cuando la solicitud de información que dio origen a la impugnación, requirió el egreso total por cualquier concepto de gastos y erogaciones directas o indirectas, lo que el Sujeto Obligado Secretaría General de Gobierno omitió en su respuesta al particular.

 

Bajo estas consideraciones, la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, aprobaron el proyecto de resolución por el cual se impone amonestación pública al titular de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, como medida de apremio para asegurar el cumplimiento de la resolución, de conformidad con la dispuesto por la fracción I del artículo 160 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

 

Así mismo, se emitió el apercibimiento de que de persistir la negativa de cumplimiento a lo instruido por el Pleno, se impondrá una multa que puede ir de los ciento cincuenta hasta las mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, a los responsables de dar cumplimiento a la resolución.

 

En esta misma Sesión, se resolvieron los recursos de revisión ICHITAIP/RR-179/2020, promovido en contra del MUNICIPIO DE MORIS,  ICHITAIP/RR-019/2020, promovido en contra de la SECRETARÍA DE HACIENDA,  ICHITAIP/RR-070/2020, promovido en contra del MUNICIPIO DE JUÁREZ, ICHITAIP/RR-073/2020, promovido en contra de la SECRETARÍA DE HACIENDA e ICHITAIP/RR-074/2020, promovido en contra del MUNICIPIO DE CHIHUAHUA.