ESTADO.- El diputado Omar Bazán Flores, integrante al grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de las facultades que le confiere el numeral 68 fracción I de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, así como los ordinales 169, 170, 171, 175 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, presentó Iniciativa con carácter de Punto de Acuerdo a efecto de hacer un llamado y exhorto respetuoso al Gobernador del Estado Javier Corral Jurado.
La finalidad del exhorto es para que exija se acaten en sus términos los principios constitucionales de transición energética que se deducen de lo ordenado por el Constituyente Permanente Federal en los artículos transitorios Décimo Séptimo y Décimo Octavo del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013, a fin de cumplir con las metas contenidas en los planes y estrategias derivados de la Ley de Transición Energética y Ley General del Cambio Climático y por tanto en ejercicio de la acción de inconstitucionalidad que prevén los artículo 59, 60 y demás relativos de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, impugne la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, que presentó como iniciativa preferente el Presidente de la República, publicada en el Diario oficial de la Federación el 9 de marzo de 2021, a fin de evitar el desplazamiento de la producción de energías limpias.
El principal objetivo es modificar el esquema legal que tenemos para la generación y aprovechamiento de la energía eléctrica. En ese sentido, hay cuatro puntos a partir de los cuales se busca transformar el modelo vigente y darle preponderancia a la Comisión Federal de Electricidad:
La reforma busca acabar con el mecanismo de despacho de energía de las centrales eléctricas que hoy opera, de manera independiente, el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), para dar prioridad a las plantas de la CFE. El criterio de despacho es la forma en la que se define qué centrales inyectan su energía a la red y en qué momento.
La iniciativa elimina la obligación de despachar primero la energía más barata y da prioridad, en el proceso, a las centrales generadoras de la CFE. En primer lugar, a las hidroeléctricas; en segundo, a las demás centrales de la CFE; posteriormente, a la energía eólica y solar de los particulares; y, finalmente, a las centrales de ciclo combinado (centrales que operan a partir de un ciclo de gas y otro de vapor) de particulares.
Como las centrales hidroeléctricas no pueden satisfacer la demanda de electricidad del país, las principales beneficiadas serían las plantas más contaminantes de la CFE, que generan energía eléctrica a partir de combustóleo y carbón y que tienen costos más altos que el resto, lo que tendría implicaciones económicas y ambientales negativas a nivel local y global. Las principales perdedoras de esta propuesta son las centrales de energías renovables y limpias.
El segundo punto es que, hasta la fecha, la CFE está obligada a comprar electricidad a través de subastas, para elegir el precio más barato, y ahora le pretenden quitar esa obligación. Con las modificaciones a la ley, podría optar por la electricidad de cualquier planta o fuente, de acuerdo con el nivel de prioridad que mencionamos antes, y sin hacer subastas, lo que puede afectar en el bolsillo de los usuarios finales.
El tercer tema es que los Certificados de Energía Limpia (Títulos emitidos por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que acreditan la producción de un monto determinado de energía eléctrica a partir de energías limpias y que permiten alcanzar las metas nacionales de generación eléctrica a partir de energías limpias, de forma eficaz y al menor costo para los consumidores (Comisión Reguladora de Energía, 18 de agosto de 2016); se van a otorgar a cualquier productor de energía, sin importar si las plantas donde se generan son nuevas o antiguas, o su fecha de entrada en operación. Eso significa que ya no habrá incentivos para que puedan crearse nuevas plantas, sino que, si ya existía una vieja, ésta tendrá la posibilidad de obtener un certificado, con lo que la opción de invertir en una nueva planta perderá importancia.
El cuarto punto es que la iniciativa da opción a revocar permisos que se habían dado bajo la anterior ley, a pequeños generadores denominados de autoabastecimiento o cogeneración (El autoabastecimiento de energía eléctrica es la generación de ésta para destinarla a la satisfacción de necesidades propias de quien la produce, ya sea persona física o moral; mientras que la cogeneración es la producción de electricidad conjuntamente con vapor u otro tipo de energía térmica secundaria (Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica).; los cuales han funcionado como una alternativa para cubrir las necesidades propias de generación de energía. Tales permisos pueden ser revocados por una revisión de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Eso pone en una situación de inseguridad jurídica a todas las empresas que funcionaban bajo este esquema.
Esos cuatro puntos principales impactan tres garantías: la libre competencia, la competitividad en el sector eléctrico y procuración de un medio ambiente sano y sustentable.