EMITE COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA RESOLUCIONES EN ESTATAL DE BASQUET

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CHIHUAHUA.-Con el fin de seguir mejorando el espectáculo en la Liga de Básquetbol Estatal y que se respete el reglamento que rige a dicha organización, la Comisión de Honor y Justicia emitió par de resoluciones respecto a los juegos entre Petroleros de Camargo en contra de Nogaleros de Jiménez y Asadereros de Villa Ahumada frente a Soles de Ojinaga.

La Comisión de Honor y Justicia de la Liga de Básquetbol Estatal está integrada por Jorge Armando Medina Aldana, Coordinador de Reglamento y Sanciones de la Liga, Bruce Eduardo Palacios Grajeda, representante de la Coordinación de Arbitraje y Jean Paul Ortiz Orozco, Jefe del Departamento de Normatividad y Asuntos Jurídicos del Instituto Chihuauhense del Deporte y Cultura Física.

Del mismo modo, estuvo presente para el visto bueno, esto como Acuerdo de Consejo, el presidente del Club Vaqueros Saucillo, Luis Arturo Meza González.

Se resolvió la protesta emitida por el Club Petroleros de Camargo mediante un escrito con fecha del nueve de febrero, donde se manifiesta que el Club Nogaleros de Jiménez presentó los relojes de disparo de 24 segundos y que solo funcionó uno de ellos, por lo que solicitó se le diera por perdido el encuentro a Nogaleros de Jiménez.

Mediante un análisis al reglamento y a los reportes presentados por el árbitro principal del encuentro y del comisario de la Liga, solicitados por separado, la Comisión de Honor y Justicia resolvió de forma unánime que, la protesta resulta improcedente toda vez que el equipo Nogaleros de Jiménez presentó relojes segunderos de disparo de repuesto y aún cuando uno de ellos presentó fallos, el artículo 180 del Reglamento en su cláusula IV dicta que

“Los relojes de disparo funcionan, y durante el partido dejan de funcionar. Tienen reemplazos, se colocan los reemplazos, se sigue jugando y sí los reemplazos dejan de funcionar, el juego se suspende, se sella y se juega al día siguiente a las 10:00 horas”.

Sin embargo, ante la imposibilidad económica de lograr ejercer la cláusula IV del artículo 180 del Reglamento debido al alto costo del equipo, existe un acuerdo de Consejo en donde se estableció si se suscitara la descompostura de los segunderos, el juego se continuaría jugando y no se suspendería para reanudarse al día siguiente, sin que esto signifique la perdida del partido.

Mientras que, el juego correspondiente a la octava jornada entre Soles de Ojinaga y Asadereros de Villa Ahumada presentó un anunció de inconformidad donde el Club visitante Asadereros de Villa Ahumada se presentó sólo con seis jugadores al encuentro, hecho que se considera un incumplimiento directo al acuerdo de Consejo donde establece que el mínimo de jugadores debe ser de nueve.

Por consiguiente, como establece el Reglamento en el artículo 236 fracción I, se le decreta como perdido el juego al Club Asadereros de Villa Ahumada y no obtiene puntos en la tabla general, así como una multa económica de $5,000.00 pesos.

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