ACUMULADAS, 107 DENUNCIAS POR TRATA DE PERSONAS

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La CEAV sólo brinda apoyo a 37 víctimas, según datos de Unidad de Transparencia de la FGE

CHIHUAHUA. – En los últimos tres años y medio se han denunciado más de 100 casos de trata de personas en la entidad, la mayoría de estos en ciudad Juárez y chihuahua, sin embargo la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Chihuahua (CEAV) solo ha brindado apoyo a 37 víctimas, esto último según la unidad de transparencia de la Fiscalía General el Estado en su oficio número FGE-4C.5/1/2/419-2020.

Las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (Sesnsp) por el delito de trata de personas, presenta que desde el primero de enero de 2017 al 31 de mayo de 2020 se han abierto un total de 107 carpetas de investigación por el delito de trata de personas.

La ciudad fronteriza de Juárez registra el mayor número de denuncias con 45 casos, seguido de Chihuahua con 40, sin embargo se han presentado 8 casos en Delicias, 4 en Cuauhtémoc, dos en Parral, Bocoyna y Saucillo, además de un caso en Camargo, Chínipas, Carichí y Aquiles Serdán en cada localidad.

Según la unidad de transparencia de la fiscalía la CEAVE solamente ha brindado un acompañamiento integral a 37 víctimas de delito en materia de trata en la entidad, esto de conformidad con el Acuerdo No.FGE/06/2016 sobre Protocolos de Actuación para la Asistencia y Protección de Víctimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas, emitido en octubre de 2016 por el periódico oficial del Estado.

Asimismo el documento señala que se han atendido a un total de 29 mujeres víctimas de trata, la mayoría de ellas menores de edad, esto al registrar 17, de estas dos corresponden a niñas de 0 a 11 años.

También se ha brindado servicio a 8 hombres, dos menores de edad, dos entre 30 y 44 años, además de 4 que rondan entre los 45 y 59 años, según los datos de la comisión ejecutiva.

Cabe señalar que la trata de personas está contemplado como delito federal, por lo cual la Ley General Para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos establece en su artículo 10 que toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa, sin perjuicio de las sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos, previstos y sancionados en esta Ley y en los códigos penales correspondientes.

Además el artículo 22, menciona que será sancionado con pena de 10 a 20 años de prisión, y de 5 mil a 50 mil días multa, quien tenga o mantenga a una persona en trabajos forzados. En este sentido se establece que hay trabajo forzado cuando el mismo se obtiene mediante el uso de la fuerza, la amenaza de la fuerza, coerción física, o amenazas de coerción física a esa persona o a otra persona, o bien utilizando la fuerza o la amenaza de la fuerza de una organización criminal.

La misma sanción si hay daño grave o amenaza de daño grave a esa persona que la ponga en condiciones de vulnerabilidad; y/o el abuso o amenaza de la denuncia ante las autoridades de su situación migratoria irregular en el país o de cualquier otro abuso en la utilización de la ley o proceso legal, que provoca que el sujeto pasivo se someta a condiciones injustas o que atenten contra su dignidad.