Las reformas obligan a publicar los perfiles de personas idóneas para ocupar cargos de juezas y jueces cívicos y establecen principios de paridad e integridad.
La diputada Nancy Frías Frías, presidenta de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, señaló que la reforma busca fortalecer la transparencia e imparcialidad en los nombramientos, así como establecer mecanismos objetivos para evaluar el funcionamiento de estos sistemas.
Con la modificación al artículo 26, los nombramientos de juezas y jueces cívicos deberán regirse por los principios de transparencia, paridad de género, integridad y no discriminación. Los perfiles de quienes resulten idóneos para ocupar los cargos deberán publicarse en el portal de transparencia del ayuntamiento correspondiente.
Los ayuntamientos deberán transparentar los perfiles de las personas consideradas idóneas para ocupar los cargos de juezas y jueces cívicos, además de atender principios de paridad de género, integridad y no discriminación, luego de que el Congreso del Estado aprobara reformas a la Ley Estatal de Justicia Cívica.
Los cambios también establecen la creación de un sistema público de indicadores para evaluar el desempeño de los sistemas de justicia cívica municipales, con información sobre el acceso a los servicios, la equidad en el trato a las personas usuarias y los tiempos de resolución de los procedimientos.
El sistema estará disponible para consulta ciudadana y deberá actualizarse de manera permanente. Asimismo, el Consejo tendrá que elaborar y publicar un informe semestral con los resultados de los indicadores.
La reforma dispone que el organismo sesione de manera ordinaria al menos una vez cada seis meses, con la posibilidad de convocar reuniones extraordinarias cuando la naturaleza de los asuntos lo requiera.
Frías Frías recordó que la justicia cívica es una herramienta de prevención social del delito y de convivencia comunitaria, al atender faltas administrativas y conflictos vecinales para evitar que escalen a conductas de mayor gravedad. La iniciativa fue presentada por el diputado del PAN, José Alfredo Chávez Madrid.
En contraste, la información de las personas que no cumplan con los requisitos de selección solo podrá difundirse cuando lo permita la legislación en materia de transparencia y protección de datos personales, y exista autorización expresa de la persona aspirante.
La reforma también establece que los ayuntamientos o, en su caso, el Gobierno del Estado deberán definir los procedimientos de ingreso para el resto del personal que labore en los juzgados cívicos. La modificación al artículo 104 establece que el Consejo Estatal de Justicia Cívica creará y administrará un sistema público de indicadores de desempeño de la justicia cívica municipal.
Entre los aspectos que deberán evaluarse se encuentran el acceso ciudadano a los servicios, la equidad en la atención y la eficiencia en el uso de recursos humanos, financieros y materiales, asícomo los tiempos de resolución de los procedimientos.
También se incorporará la perspectiva de género en la atención y resolución de faltas administrativas, además de la cobertura en zonas rurales y comunidades con menor infraestructura institucional.